lunes, 2 de febrero de 2015

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ITE DESFAVORABLE

¿Qué pasa si la ITE es desfavorable? ¿Es obligatorio realizar obras de mejora?

Si, si el resultado de la inspección fuese desfavorable, la propiedad deberá solicitar y obtener licencia municipal y, en su caso, las oportunas autorizaciones sectoriales para las obras de subsanación de las deficiencias encontradas. El plazo para presentar la solicitud de licencia será de 2 meses.

Cuando las obras a realizar no tengan el carácter de urgentes. El plazo para proceder a la ejecución de las obras será el que se determine en el informe.

Si del informe resultase la necesidad de acometer medidas inmediatas de seguridad por peligro inminente, éstas se deberán realizar en el plazo previsto en el mismo.

La subsanación de las deficiencias observadas se acreditará con el correspondiente certificado de finalización de las obras emitido por el técnico director y se hará constar en todo caso en el Registro de ITE.

Incumplimiento de la obligación de realizar las obras previstas en el informe.

En el caso del Concello de Vigo, con base al Informe de la ITE, los servicios técnicos y jurídicos de la Gerencia emitirán informe proponiendo al órgano competente de la Gerencia el inicio del procedimiento para dictar una ORDEN DE EJECUCIÓN o incoar de oficio el expediente de declaración de ruina del inmueble, en el caso de que esta medida resultase procedente.

Para más información y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono 633 675 827 y en la dirección de correo info@srafarnsworth.com.

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